Reglamento de Inteligencia Artificial de la Unión Europea (2024/1689)

El Reglamento (UE) 2024/1689, adoptado por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea el 13 de junio de 2024, establece un marco jurídico armonizado para la inteligencia artificial (IA) en la Unión Europea. Este reglamento busca promover una IA centrada en el ser humano y fiable, garantizando altos niveles de protección de la salud, la seguridad y los derechos fundamentales, mientras fomenta la innovación y la competitividad en el mercado único europeo.

Objetivos y Aplicación

El principal objetivo del reglamento es mejorar el funcionamiento del mercado interior mediante la implementación de normas uniformes para el desarrollo, comercialización y uso de sistemas de IA en la UE. Estos sistemas deben ser coherentes con los valores de la Unión, como la democracia, el Estado de Derecho y la protección del medio ambiente.

Principales Disposiciones

  1. Normas Armonizadas: El reglamento introduce obligaciones uniformes para los operadores de IA y garantiza una protección consistente de los derechos y los intereses públicos en toda la UE, evitando la fragmentación del mercado interior.
  2. Definición y Clasificación de Sistemas de IA: Se define claramente lo que constituye un sistema de IA, destacando su capacidad de inferencia y autonomía. Los sistemas de IA de alto riesgo están sujetos a requisitos específicos para garantizar su fiabilidad y seguridad.
  3. Prohibiciones y Obligaciones: Se prohíben determinadas prácticas de IA que son inaceptables por sus riesgos para los derechos fundamentales, como la manipulación de comportamiento humano y la categorización biométrica que pueda deducir información sensible como opiniones políticas o afiliaciones religiosas.
  4. Identificación Biométrica y Reconocimiento de Emociones: Se establecen restricciones específicas para el uso de la identificación biométrica remota en tiempo real en espacios públicos con fines de cumplimiento de la ley, permitiéndolo solo en situaciones muy específicas y bajo estrictas condiciones de autorización judicial o administrativa.
  5. Protección de Datos Personales: El reglamento debe interpretarse en consonancia con las leyes vigentes de la UE sobre protección de datos, como el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR).
  6. Impacto en Innovación y Competitividad: Se reconocen los beneficios económicos, sociales y medioambientales de la IA, y se fomenta su desarrollo y uso para mejorar sectores como la salud, la agricultura, la educación y la gestión de infraestructuras.

Implementación y Supervisión

  • Consejo de Inteligencia Artificial: Se crea el Consejo de IA para apoyar a la Comisión Europea en la promoción de herramientas de alfabetización en IA, sensibilización pública y comprensión de los beneficios y riesgos asociados con la IA.
  • Evaluación de Impacto: Antes de la implementación de sistemas de IA de alto riesgo, es obligatorio realizar evaluaciones de impacto relativas a los derechos fundamentales.
  • Notificación y Transparencia: Se requiere notificar el uso de sistemas de identificación biométrica en tiempo real a las autoridades pertinentes, y dichas autoridades deben presentar informes anuales a la Comisión Europea.

Conclusión

El Reglamento de IA de la UE de 2024 establece un marco robusto y armonizado para la utilización de sistemas de IA, asegurando que se desarrollen y usen de manera que respeten los valores y derechos fundamentales de la Unión, al tiempo que fomentan la innovación y la competitividad en el mercado europeo.

Fuente: Unión Europea reglamento IA

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